Condiciones de suministro

BEGA - Condiciones generales de suministro para uso por parte de empresarios domiciliados fuera de la República Federal de Alemania

I. Validez

(1) Todos los suministros y servicios de BEGA a los compradores que no estén domiciliados en la República Federal de Alemania se realizarán exclusivamente en base a estas Condiciones generales de suministro. Éstas formarán parte integral de todos los contratos que celebremos con nuestros socios contractuales (en lo sucesivo, el "Comprador") para los suministros o servicios ofrecidos por BEGA. Se refieren en particular a la venta de todos los productos ofrecidos por BEGA. También se aplican a todas las futuras entregas y servicios al Comprador, incluso si no se acuerdan de nuevo por separado.

(2) No se aplicarán las condiciones del Comprador o de terceros, aunque no nos opongamos por separado a su validez en casos concretos. Aunque nos remitamos a una carta que contenga o se refiera a las condiciones del Comprador o de un tercero, o si efectuamos suministros o servicios al Comprador sin reservas, o si aceptamos los servicios del Comprador sin reservas sin objetar las condiciones del Comprador, esto no constituirá un acuerdo sobre la validez de dichas condiciones.

II Oferta y celebración del contrato

(1) Nuestras ofertas están sujetas a cambios sin previo aviso y no son vinculantes a menos que estén expresamente marcadas como vinculantes o contengan un periodo de aceptación específico. Podemos aceptar pedidos o contratos en un plazo de catorce días desde su recepción.

(2) El contrato de compraventa celebrado, incluidas las presentes Condiciones generales de suministro, es el único que rige la relación jurídica entre nosotros y el Comprador. Éstas reflejan plenamente todos los acuerdos entre las partes contratantes sobre el objeto del contrato. Los acuerdos verbales realizados por nosotros antes de la celebración de este contrato no son legalmente vinculantes. Sólo entrarán en vigor si son confirmados por escrito por nosotros.

(3) Los suplementos y las modificaciones de los acuerdos celebrados, incluyendo las presentes Condiciones generales de suministro, deben realizarse por escrito para que sean efectivos. A excepción de los directores generales, los directores de ventas o los firmantes autorizados, nuestros empleados no están autorizados a realizar acuerdos verbales que difieran de esto. La transmisión por telecomunicación, en particular por fax o por correo electrónico, será suficiente para cumplir con la forma escrita, siempre que se transmita una copia de la declaración firmada.

(4) Nuestra información sobre el objeto del suministro o servicio (por ejemplo, pesos, dimensiones, valores de utilidad, capacidad de carga, tolerancias y especificaciones técnicas), así como nuestras representaciones de los mismos (por ejemplo, dibujos e ilustraciones) sólo tienen validez aproximada, a menos que la utilidad para el fin previsto en el contrato requiera de una conformidad exacta. No son características de calidad garantizadas, sino descripciones o identificaciones del suministro o servicio. Las desviaciones habituales en el comercio y las desviaciones que se produzcan debido a normas legales o que representen mejoras técnicas, así como la sustitución de componentes por piezas equivalentes, están permitidas en la medida en que no perjudiquen la utilidad para el fin previsto en el contrato.

(5) Nos reservamos la propiedad o los derechos de autor de todas las ofertas y presupuestos presentados por nosotros, así como de los dibujos, ilustraciones, cálculos, folletos, catálogos, modelos, muestras, herramientas y otros documentos y ayudas puestos a disposición del Comprador. El Comprador no podrá poner estos materiales a disposición de terceros, ya sea como tales o en cuanto a su contenido, divulgarlos, utilizarlos por sí mismo o a través de terceros, ni reproducirlos sin nuestro consentimiento por escrito. A petición nuestra, debe devolvernos estos materiales en su totalidad y destruir las copias realizadas si ya no las necesita en el curso ordinario de sus negocios, o bien si las negociaciones no conducen a la celebración de un contrato. Queda excluido el almacenamiento de los datos proporcionados electrónicamente para realizar una copia de seguridad de datos habitual.

III. Precios y pagos

(1) Los precios se aplican al alcance de los servicios y suministros enumerados en las confirmaciones de pedido. Los servicios adicionales o especiales se cobrarán por separado. Los precios se indican en euros ex fábrica, más el embalaje, el impuesto sobre el valor añadido legal y el embalaje externo en el envío directo. En el caso de los envíos de exportación, los derechos de aduana, las tasas y otros gravámenes públicos no forman parte del servicio.

(2) En la medida en que los precios acordados se basen en nuestros precios listados, se aplicarán nuestros precios listados vigentes en el momento de la celebración del contrato, a menos que se acuerde expresamente lo contrario con el Comprador.

(3) Los importes de las facturas deben pagarse en un plazo de treinta días a partir de la fecha de la factura sin ninguna deducción, salvo que se acuerde lo contrario por escrito. Por lo que respecta a la fecha de pago, será determinante la fecha de recepción por nuestra parte. Si el Comprador no paga en el plazo establecido, incurrirá en impago incluso sin requerimiento. Si el Comprador no paga a su vencimiento, nos reservamos el derecho de cobrar intereses de demora al tipo legal sobre las cantidades pendientes a partir de la fecha de vencimiento. Nos reservamos el derecho a reclamar otros daños y perjuicios y el derecho a rescindir el contrato.

(4) La compensación con las contrademandas del Comprador o la retención de los pagos debidos a dichas demandas que se basan en la misma relación contractual, solo es admisible en la medida en que las contrademandas sean indiscutibles o se hayan establecido legalmente.

(5) Estamos autorizados a realizar los suministros o prestar los servicios pendientes únicamente en caso de pago por adelantado o de constitución de una garantía si, tras la celebración del contrato, tenemos conocimiento de circunstancias que puedan reducir sustancialmente la solvencia del Comprador y que, como consecuencia, pongan en peligro el pago de nuestros créditos pendientes por parte del Comprador en el marco de la respectiva relación contractual (incluso en otros pedidos individuales a los que se aplique el mismo acuerdo marco).

IV. Entrega y plazo de entrega

(1) Salvo que se acuerde lo contrario por escrito, el suministro se realizará ex fábrica (Ex Works EXW- Incoterms 2010) en nuestro domicilio social en Menden (Sauerland, Alemania).

(2) Los plazos y las fechas de las entregas y servicios acordados por nosotros son siempre aproximados, a menos que se haya prometido o acordado expresamente un plazo o fecha concretos. Si se ha acordado el envío, los plazos y las fechas de entrega se refieren al momento de la entrega al agente de transporte, al transportista o a otro tercero encargado del transporte.

(3) Podremos, sin perjuicio de nuestros derechos derivados de la mora del Comprador, exigir al Comprador una prórroga de los plazos de entrega y cumplimiento o un aplazamiento de las fechas de entrega y cumplimiento por el periodo de tiempo durante el cual el Comprador incumpla de forma culpable sus obligaciones contractuales con nosotros.

(4) Tenemos derecho a realizar entregas parciales si

  • la entrega parcial es aplicable para el Comprador en el marco del objeto del contrato,
  • la entrega del resto de la mercancía pedida está garantizada y
  • el Comprador no incurre en gastos o costes adicionales significativos como consecuencia de ello (a menos que aceptemos asumir estos costes).

(5) Si se excede una fecha de entrega vinculante por razones de las que somos única y directamente responsables, el Comprador nos solicitará primero por escrito la prestación debida, concediendo un plazo de gracia razonable que, en todo caso, será de al menos 14 días. Solo después de la expiración infructuosa de este período incurriremos en mora y sólo entonces podrá el Comprador ejercer su derecho de elección, de conformidad con el art. 190 párrafo 2 OR.

V. Reserva de la propiedad

(1) Todos los suministros y servicios son de nuestra propiedad hasta que el Comprador los haya pagado en su totalidad.

(2) Si la anterior conservación de la propiedad no es eficaz o ejecutable según la ley en cuyo ámbito se encuentran las mercancías, se considerará acordada la garantía correspondiente a la conservación de la propiedad en dicho ámbito. El Comprador se compromete a tomar todas las medidas necesarias y a cooperar en todas las acciones que se requieran para el establecimiento y el mantenimiento de estos derechos o valores comparables, como la inscripción en el registro exigida en el art. 715 del Código civil.

VI Lugar de cumplimiento, envío, embalaje, transferencia de riesgo, devoluciones

(1) El lugar de cumplimiento de todas las obligaciones derivadas de la relación contractual es Menden (Sauerland, Alemania), salvo que se acuerde lo contrario por escrito. Si también nos encargamos de la instalación, el lugar de cumplimiento será el lugar en el que deba tener lugar la instalación según el contrato.

(2) El método de envío y el embalaje están sujetos a nuestra entera discreción.

(3) Si la entrega de las mercancías listas para su envío se retrasa debido a una circunstancia de la que es responsable el Comprador, el riesgo se transmitirá al Comprador a partir del día en que el objeto de la entrega esté listo para su envío y se lo hayamos notificado.

(4) En este caso, nos reservamos el derecho de facturar al Comprador los gastos de almacenamiento. Si nosotros nos encargamos del almacenamiento, los gastos de almacenamiento ascenderán a un 0,25% del importe de la factura de los artículos de entrega que deban almacenarse por semana vencida. Además, nos reservamos el derecho a demostrar que se han producido costes más elevados y el Comprador se reserva el derecho a demostrar que no se ha producido ningún coste o que solo se ha producido un coste significativamente menor.

(5) Exclusivamente a petición expresa del Comprador y a su cargo, asumiremos el riesgo de rotura hasta la dirección de entrega a cambio de una remuneración aparte del 1,5% del valor neto de la mercancía en el caso de las luminarias de interior y del 1% del valor neto de la mercancía en el caso de las luminarias de exteriores.

(6) Las devoluciones de mercancías que no se basen en un defecto material de la mercancía y, por tanto, en un derecho de desistimiento del cliente, solo se abonarán si se cuenta con nuestro consentimiento previo. Para mercancías en embalaje original y no dañadas se efectuará un reembolso del 80% del precio calculado. Los gastos necesarios de procesamiento y embalaje, así como gastos de transporte que se nos hayan originado, se deducirán adicionalmente y sin notificación especial. No se aceptará la devolución de modelos de fabricación especial y con equipamiento eléctrico especial. Estas normas no se aplican a la devolución de muestras y material auxiliar de venta con nuestro consentimiento previo, de acuerdo con las condiciones previamente acordadas.

VII. Garantía

(1) Los derechos de garantía del Comprador se regirán por las disposiciones legales y las siguientes disposiciones. El período de garantía es de dos (2) años a partir de la entrega.

(2) En caso de defectos materiales, primero estaremos obligados y tendremos derecho, a nuestra discreción, a rectificar el defecto o a realizar una entrega de sustitución.

(3) La garantía no se aplicará si el Comprador modifica el objeto de la entrega o lo hace modificar por terceros sin nuestro consentimiento por escrito, imposibilitando o dificultando injustificadamente la subsanación de los defectos. En cualquier caso, el Comprador correrá con los gastos adicionales de subsanación del defecto resultante de la modificación.

(4) En la medida en que proporcionemos información técnica o actuemos en calidad de asesores, en particular en forma de borradores de planificación de la iluminación, y esta información o este asesoramiento no esté incluido en el alcance de los servicios acordados contractualmente que nos corresponden, esto se hará de forma gratuita. No asumimos ninguna otra garantía ni responsabilidad por estas actividades.

(5) En caso de defectos de propiedad, el Comprador tendrá los derechos legales (art. 192 y ss. OR).

VIII. Derechos de propiedad de terceros

(1) Salvo que se acuerde lo contrario por escrito, estamos obligados a realizar la entrega libre de derechos de propiedad industrial y derechos de autor de terceros (en adelante: Derechos de propiedad) únicamente en el país del lugar de entrega. Si un tercero hace valer reclamaciones justificadas contra el Comprador debido a la infracción de los derechos de propiedad por los suministros realizados por nosotros y utilizados de acuerdo con el contrato, seremos responsables ante el Comprador dentro del plazo estipulado en la cláusula VII.1 como sigue: Deberemos, a nuestra elección y a nuestro cargo, (i) obtener un derecho de uso para las entregas en cuestión, (ii) modificarlas de manera que no se infrinja el derecho de propiedad, o (iii) sustituirlas. Si ninguno de estos remedios nos es posible en condiciones objetivamente razonables, el Comprador podrá ejercer los derechos legales. Solo estaremos obligados a pagar daños y perjuicios de acuerdo con la Sección IX.

(2) Solo estaremos obligados de acuerdo con la cláusula VIII.1 anterior si, y en la medida en que, el Comprador nos informe por escrito sin demora de las reclamaciones presentadas por el tercero, no reconozca la supuesta infracción y se reserve el derecho a todas las medidas defensivas y negociaciones de conciliación con el tercero. Si el Comprador suspende la entrega por razones de mitigación de daños u otras razones de peso, estará obligado a señalar al tercero que esto no constituye un reconocimiento de una infracción de los derechos de propiedad.

(3) Las reclamaciones del Comprador quedan excluidas si, y en la medida en que sea responsable de la infracción del derecho de propiedad.

(4) Las reclamaciones del Comprador también quedan excluidas si la infracción de los derechos de propiedad se debe a especificaciones especiales del Comprador, a un uso del objeto de suministro no previsible por nosotros, o al hecho de que el objeto de suministro sea modificado por el Comprador o utilizado junto con productos no suministrados por nosotros.

IX. Responsabilidad

(1) En caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales y extracontractuales, seremos responsables de acuerdo con las disposiciones legales, sin perjuicio de las siguientes disposiciones de esta sección IX.

(2) Solo seremos responsables de los daños, independientemente de los motivos legales, en caso de dolo y negligencia grave. En caso de negligencia simple, solo seremos responsables, de acuerdo con las disposiciones legales, de los daños derivados de lesiones que afecten a la vida, la integridad física o la salud.

(3) Queda excluida nuestra responsabilidad por el incumplimiento de obligaciones por parte de las personas de las que somos responsables de acuerdo con las disposiciones legales, salvo la frase 2. Nuestra responsabilidad por el incumplimiento de las obligaciones por parte de nuestros propios empleados se limita a la negligencia simple.

(4) Nuestra responsabilidad en virtud de la Ley de responsabilidad de productos no se ve afectada por las disposiciones anteriores.

(5) Además, nuestra responsabilidad queda expresamente excluida.

X. Cláusula "No Rusia"

(1) El cliente no venderá, exportará o reexportará directamente o indirectamente a la Federación Rusa o para su uso en la Federación Rusa ningún bien suministrado en virtud de este contrato o en relación con el mismo que entre en el ámbito de aplicación del artículo 12 octies del Reglamento (UE) nº 833/2014 del Consejo.

(2) El cliente hará todo lo posible para garantizar que el propósito del párrafo (1) no se vea frustrado por terceros en la cadena comercial subsiguiente, incluidos los posibles revendedores.

(3) El cliente establecerá y mantendrá un mecanismo de supervisión adecuado para detectar comportamientos de terceros en la cadena comercial posterior, incluidos los posibles revendedores, que pudieran frustrar el propósito del párrafo (1).

(4) Cualquier incumplimiento de los párrafos (1), (2) o (3) constituirá un incumplimiento material de un elemento material del presente contrato y BEGA tendrá derecho a adoptar las medidas oportunas, incluidas, entre otras, las siguientes : (i) la rescisión del presente contrato; y (ii) el derecho a exigir al cliente una penalización contractual del 5% del precio de compra, y el cliente indemnizará a BEGA por cualquier coste u otros daños (en particular, reclamaciones de terceros, multas, daños inmateriales) derivados del incumplimiento por parte del cliente de los párrafos (1), (2) o (3), a menos que el cliente demuestre que no es responsable del incumplimiento. La penalización contractual deberá deducirse de las reclamaciones por daños y perjuicios.

(5) El cliente informará inmediatamente a BEGA de cualquier problema en la aplicación de los párrafos (1), (2) o (3), incluyendo cualquier actividad relevante de terceros que pudiera frustrar el propósito del párrafo (1). El cliente facilitará a BEGA información sobre el cumplimiento de las obligaciones previstas en los párrafos (1), (2) y (3) en el plazo de dos semanas a partir de la solicitud informal.

(6) Esta cláusula no se aplicará si el cliente está domiciliado en uno de los siguientes países: EE.UU., Japón, Reino Unido/Gran Bretaña, Corea del Sur, Australia, Canadá, Nueva Zelanda, Noruega, Suiza, Liechtenstein, Islandia.

XI. Disposiciones finales

(1) El lugar de jurisdicción para todos los posibles litigios derivados de la relación comercial entre nosotros y el Comprador es, a nuestra discreción, Menden (Sauerland, Alemania), o el domicilio social del Comprador. Sin embargo, en estos casos Menden (Sauerland, Alemania) será el lugar de jurisdicción exclusivo para las acciones contra nosotros. Las disposiciones legales obligatorias sobre los lugares de jurisdicción exclusiva no se verán afectadas por esta disposición.

(2) La relación jurídica entre nosotros y el Comprador se regirá por el derecho suizo, en particular por el Código de obligaciones suizo, con exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre los contratos de compraventa internacional de mercaderías (CNUCCIM) y del conflicto de leyes.

(3) En caso de que alguna de las disposiciones de estas Condiciones generales sea o llegue a ser inválida, ya sea en todo o en parte, la validez de las restantes disposiciones de estas Condiciones generales no se verá afectada por ello. Por la presente, las partes acuerdan sustituir la disposición inválida por otra legalmente admisible que se acerque lo más posible a la intención económica original. Esto también se aplicará en caso de que exista un vacío legal involuntario.

(4) Señalamos explícitamente que la comercialización de los bienes contractuales fuera del territorio del EEE requiere nuestro consentimiento expreso por escrito.

Estado: 7/2024